Las 16 reglas obligatorias del COE en Ecuador
1. La ciudadanía deberá ser
consciente que es responsabilidad individual, familiar y colectiva la adopción
de medidas de prevención para el control de la pandemia, asumiendo como parte
de esta responsabilidad el cumplir con aislamiento voluntario ante la presencia
de síntomas, a más de mantener el distanciamiento social, uso del
tapabocas/mascarillas y lavado frecuente de manos.
2. Se deben implementar y cumplir
medidas biosanitarias en todos los espacios laborales, familiares,
comunitarios.
3. Se mantienen cerradas las
fronteras internacionales terrestres.
4. Se mantienen suspendidas las
clases presenciales de los diferentes niveles educativos.
5. Se recomienda extremar
precauciones para personas mayores de 60 años y grupos vulnerables al contagio.
6. Se mantiene la emisión de
salvoconductos de acuerdo al “Protocolo para la emisión y control de
salvoconductos”.
7. Se mantiene prohibida la
apertura y funcionamiento de: bares, discotecas, karaokes, centros de
tolerancia (nigth club), billares, centros de diversión infantil, y toda
actividad que no garantice el distanciamiento social.
8. Se mantienen restringidas las
actividades físicas en los lugares cerrados, a excepción de pilotos aprobados
por los COE de los cantones que se encuentran en verde. En lugares abiertos se
mantienen autorizadas actividades individuales, conforme a los lineamientos
emitidos por el COE Nacional.
9. Se mantienen prohibidos los
espectáculos públicos en espacios abiertos y cerrados, así como las
aglomeraciones.
10. Las empresas e instituciones
públicas y privadas están obligadas a expedir e implementar un protocolo de
bioseguridad considerando los lineamientos establecidos en la “Guía y plan
general para el retorno progresivo a las actividades laborales”. No se
requerirá su aprobación por parte del COE (nacional, provincial, cantonal).
11. Apertura de las playas a partir
del 5 de agosto de 2020, con la implementación del sistema de videovigilancia
“Distancia2” del ECU – 911, de conformidad con protocolos emitidos y aprobados
por el COE Nacional.
12. Los GAD’s cantonales conforme a sus
competencias, están en la obligación de emitir y/o vigilar el cumplimiento de
las ordenanzas para el control del orden en el espacio público.
13. Movilización autorizada para
los abogados, con su credencial como habilitante.
14. Las operadoras de transporte
terrestre turístico, marítimo-fluvial turístico únicamente podrán prestar el
servicio al contar con el contrato de agencia de viajes o del usuario que
contrate directamente mientras se encuentran en semáforo de color amarillo y
verde.
15. Las modalidades de transporte
tipo ejecutivo, puerta a puerta u otras se encuentran prohibidas de ofertar
servicios de transporte interprovincial, al no contar con el título
habilitante.
16. Transporte particular
habilitado entre cantones de provincias con el mismo color del semáforo
(amarillo – verde).
Reglas para los
cantones con semáforo rojo
-El horario de toque de queda es de 18:00 a
05:00.
-Vehículos particulares circulan 2 días a la
semana de lunes a viernes, se incluye a motos, no circulan los sábados y
domingos.
-Taxis, transporte mixto y carga
liviana par e impar de lunes a sábado; domingo circulan todos sin restricción
de placa.
-Transporte institucional circula todos los
días sin restricción de placa, cumpliendo con los protocolos establecidos para
este sector. -Transporte urbano podrá circular conforme las restricciones
establecidas por el GAD Municipal, cumpliendo el aforo y normas de
bioseguridad.
-Atención Médica, se autorizan las
consultas médicas externas de todas las especialidades, además, de las cirugías
programadas y los programas de protección sanitaria y social a grupos
vulnerables.
-Transporte Interprovincial no
puede circular.
-Se reanudan actividades laborales
presenciales en los sectores públicos y privados al 30%.
-La actividad comercial se reanuda
con el 30% del aforo permitido en cada establecimiento.
-Las reuniones sociales, públicas o privadas,
se mantienen prohibidas.
-Movilización autorizada para los
abogados, con su credencial como habilitante.
Reglas para los cantones con
semáforo amarillo
-El horario de toque de queda es de
23:00 a 05:00.
-Vehículos particulares circulan
conforme al último dígito de la placa: impares circulan: lunes, miércoles y
viernes; pares circulan: martes, jueves y sábado.
Los domingos 2, 16 y 30 de agosto
circulan vehículos con placa impar; los domingos 9 y 23 circulan los vehículos
con placa par.
-Taxis convencionales y ejecutivos,
transporte mixto y carga liviana podrán circular todos los días sin restricción
del número de su placa.
-Transporte institucional circula
sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos establecidos para este
sector.
-Transporte urbano al 50% de su
aforo.
-Transporte intraprovincial autorizado con el
50% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.
–Transporte interprovincial al 50% del aforo,
únicamente entre cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.
-Transporte marítimo y fluvial de personas
autorizado al 50% del aforo.
-Turismo marítimo con pernoctación
autorizada y en cumplimiento a protocolos de bioseguridad. -Transporte
terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos para esta actividad.
-Centros comerciales y restaurantes, se
permite la atención al público con el 50% del aforo permitido. -Se reanudan
actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 50%.
La resolución del COE Nacional exceptúa a
Quito, que se mantienen con las actividades laborales presenciales máximo al
25%, en el sector público.
-Se autorizan velorios con un
máximo de 25 personas, en estricto cumplimiento al distanciamiento social y
medidas biosanitarias.
-Se autoriza el desarrollo de reuniones
familiares o ejecutivas con un máximo de 25 personas, asegurando el
distanciamiento social mínimo requerido (2 metros entre personas), no uso de
sistemas de ventilación y el cumplimiento estricto del control de medidas de
bioprotección.
-Se autoriza la apertura de cines y
teatros con el 30% de su aforo permitido. Excepto para Quito, estos
establecimientos se mantienen cerrados.
-Se autoriza el inicio de actividades en
sitios arqueológicos, zoológicos, museos, parques nacionales (excepto el Parque
Nacional Yasuní), con el ingreso del 30% de visitantes, cada institución deberá
implementar un protocolo para este fin.
-Se autoriza la reanudación de
actividades de entrenamiento formativo en piscinas en espacios cerrados, se
deben respetar los protocolos de bioseguridad y los lineamientos emitidos desde
el COE Nacional.
Reglas para 18 provincias
con semáforo amarillo
Del 31 de julio al 12 de agosto el toque de
queda regirá de 21:00 a 05:00 de lunes a jueves y de 19:00 a 05:00 de viernes a
domingo, en las provincias de Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi,
Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo, Esmeraldas,
Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe.
El servicio de entrega a domicilio
podrá funcionar hasta las 22:00. Además, se prohíbe la venta de licor
de viernes a domingo, con excepción de restaurantes de la categoría 4
autorizados por el Ministerio de Gobierno, y turísticos autorizados por
Ministerio de Turismo, únicamente como bebida de acompañamiento.
Reglas para los cantones
con semáforo verde
-Se elimina el toque de queda.
-El 70% de los vehículos
particulares circulan de lunes a domingo, conforme al último número de la
placa.
-Taxis convencionales y ejecutivos,
así como el transporte de carga liviana y mixta, circulan todos los días.
-Transporte institucional circula todos los
días sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos emitidos para este
fin. -Transporte urbano al 50% de su aforo.
-Transporte intraprovincial
autorizado, entre cantones con el mismo color.
-Transporte interprovincial
únicamente, entre cantones en Amarillo o Verde que han acordado la prestación
del servicio a través de sus terminales terrestres. -Restaurantes y centros
comerciales se permite la atención al público, con el 50% del aforo permitido.
-Plan piloto: Los gimnasios podrán reanudar
sus actividades, previamente aprobado por el COE Cantonal, con base a los
protocolos aprobados por el COE Nacional.
-Se autoriza la realización de velorios con la
presencia de 25 personas máximo, en estricto cumplimiento al distanciamiento
social y medidas biosanitarias.
-Se autoriza el desarrollo de reuniones
familiares o ejecutivas con un máximo de 25 personas y en espacios que
garanticen el distanciamiento social requerido (2 metros entre personas).
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